viernes, 8 de febrero de 2019

LEY DE FINANCIAMIENTO


Es importante definir la ley como una serie de normas que son aprobadas por la autoridad competente, es decir, por el Congreso de la República, quien el pasado 28 de Diciembre de 2.018 aprobó la ley 1943 o también llamada la ley de financiamiento. Así pues, es importante destacar de la ley que busca recaudar la suma de $7.5 billones de pesos, según lo ha planeado el ministro de hacienda Dr. Alberto Carrasquilla, quien busca manejar un equilibrio del presupuesto nacional.

El presupuesto nacional hace referencia al dinero que se tiene destinado gastar en inversión pública, pero en este momento de la historia de Colombia, no hay un equilibrio, por lo que se hizo necesario fraccionar el gasto de la siguiente manera:
·         Inversión 47 billones de pesos
·         Funcionamiento 160 billones de pesos
·         Pago deuda externa 51  billones de pesos

Así pues, es importante destacar que los sectores con mayor inyección de capital son la educación, defensa y salud, pero se tiene muy poca inversión en el sector de vivienda y el sector agropecuario, y también se debe tener en cuenta que parte del dinero del presupuesto ira al post conflicto de acuerdo con las negociaciones ya acordadas con el movimiento político FARC.



Otro cambio importante que introdujo la ley de financiamiento es cambiar la retención en la fuente a 87 UVT lo que indica que una persona que tenga un ingreso de $2.900.000 está sujetas a retención en la fuente, y se debe tener en cuenta que la retención en la fuente es un mecanismo anticipado del impuesto de renta, y según la DIAN, el órgano recaudador de impuestos en Colombia aseguró que con la disminución de la base , no indica que más usuarios paguen rete fuente sino que es para que declaren ingresos y patrimonios ante el organismo en control.

También es importante tener en cuenta que hay unos servicios excluidos del impuesto de ventas:

ü  Servicios médicos, odontológicos , hospitalarios,  clínicos y de laboratorio
ü  Cirugías estéticas
ü  Planes obligatorios de salud
ü  Servicios de administración fondos de estado
ü  Acceso a internet para personas de estrato 3
ü  Servicio de transporte público, marítimo y fluvial
ü  El gas
ü  El servicio de arrendamiento para bienes inmuebles
ü  Servicios funerarios como cremación , inhumación y exhumación
ü  Adquisición de licencias de software
ü  El riego de terrenos dedicado a la agricultura
ü  La preparación y limpieza de terrenos de siembra
ü  Aplicación de enmiendas agrícolas
ü  La siembra

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