domingo, 19 de noviembre de 2017

NIC 38 TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS ACTIVOS INTANGIBLES

https://www.google.com.co/search?biw=1024&bih=494&tbm=isch&sa=1&ei=wy4SWuLGI4XOmwH44IGYAw&q=COCA+COLA&oq=COCA+COLA&gs_l=psy-ab.3..0j0i67k1j0j0i67k1j0l5j0i67k1.2869.5686.0.6422.10.6.0.0.0.0.882.1265.3-1j6-1.3.0....0...1.1.64.psy-ab..7.2.1260.0...252.BjPgkrxdwe8#imgrc=uF0aRLBXLQ4-QM:

Es importante conocer algunas definiciones previas con el fin de tener una mejor claridad sobre el tratamiento contable de los activos intangibles, así que se va a definir  los siguientes términos:

ACTIVO: Recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, y que se espera obtener un beneficio económico en el futuro económico en el futuro.

ACTIVO INTANGIBLE.Hacer referencia a un activo identificable, de naturaleza no monetaria y que no posee apariencia física.

ACTIVO MONETARIO: Tanto el dinero en efectivo como en otros activos, por los que se va a recibir unas cantidades fijas o determinables de dinero.

AMORTIZACIÓN: Únicamente los activos intangibles sufren de amortización

VIDA ÚTIL: El periodo durante el cual se espera utilizar el activo por parte de la entidad

 Así pues la Norma Internacional de Contabilidad 38  (NIC 38) hace referencia a la norma que busca informar sobre el tratamiento contable que se le debe dar a los activos intangibles, excepto en los siguientes casos:

  • Activos intangibles tratados en otras normas
  • Activos financieros definidos en la NIC 39
  • Activos para la exploración y evaluación de los recursos minerales
  • Desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares.
 Recuperado de http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC38.pdf, Noviembre 19/2017


No hay comentarios.:

Publicar un comentario